Si una multinacional con sede en Panamá lo contrató, usted no pide un permiso de trabajo común: su empresa tramita para usted una visa SEM ante el Ministerio de Comercio e Industrias (MICI), y después de cinco años puede pedir la residencia permanente ante el Servicio Nacional de Migración. Esta guía le explica, con las hojas de requisitos oficiales, qué documentos reunir, en qué orden y qué debe cuidar antes de entregarlos.

En resumen

  • La visa SEM la pide la empresa (con licencia de Sede de Empresa Multinacional) a favor de usted, en el MICI.
  • La visa de personal permanente dura cinco años y se puede prorrogar, según el MICI.
  • La residencia permanente se pide una vez transcurridos cinco años desde la aprobación de la visa.
  • Los documentos del extranjero se presentan apostillados o autenticados y, si no están en español, traducidos por traductor público autorizado.

Qué es una SEM y por qué importa a usted

SEM significa Sede de Empresa Multinacional. Es el régimen especial de la Ley 41 de 2007, con reformas posteriores, para empresas que instalan en Panamá su sede regional. El MICI indica que la visa de personal permanente le da derecho a trabajar en Panamá mientras labore en la empresa que tiene la licencia SEM.

Para usted, esto significa algo práctico: su empresa tiene que tener la licencia vigente. Uno de los documentos del trámite es una certificación de la Secretaría Técnica de la Comisión de Licencias que lo acredita.

Las visas que existen para el personal

Según el MICI:

VisaPara quiénDuración
Personal permanente SEMPersonal extranjero de la SEM y sus dependientesCinco años, prorrogables por igual plazo, salvo que el contrato de trabajo sea menor
Personal temporal SEMPersonal que da servicios técnicos o de entrenamiento a la SEMHasta tres meses, con una sola prórroga de tres meses más

Documentos para la visa de personal permanente

La hoja oficial del MICI (TMS-DC-001, revisión del 1 de noviembre de 2017) pide:

  1. Poder y solicitud, otorgados por el representante legal de la SEM y por usted.
  2. Tres fotografías tamaño carné (no fotocopia).
  3. Copia completa del pasaporte, cotejada por un notario público panameño o acompañada de la certificación de la representación diplomática correspondiente.
  4. Certificado de antecedentes penales de su país de origen o de residencia. Si ya tiene dos años o más viviendo en Panamá y no ha salido más de 30 días consecutivos, puede presentar el de la Dirección de Investigación Judicial (DIJ), con su movimiento migratorio.
  5. Certificado de salud, de un médico idóneo en Panamá, con no más de tres meses.
  6. Declaración jurada sobre antecedentes personales, que entrega el Servicio Nacional de Migración, llena completa y firmada.
  7. Carta de trabajo y responsabilidad de la empresa, con firma autenticada ante notario. Debe decir su nombre, cargo en español, tiempo de contratación, funciones, salario, de dónde viene el salario, el seguro al que pertenecerá usted y su familia, y que la empresa se hace responsable de la repatriación si fuera necesario.
  8. Póliza de seguro médico, colectiva o individual.
  9. Certificación de la Secretaría Técnica de la Comisión de Licencias de SEM.

Si pide la prórroga, se presentan los mismos documentos, menos el certificado de antecedentes penales, junto con copia del carné que aprobó la visa.

Si viaja con familia: la visa de dependiente

Su pareja e hijos piden la visa de dependiente de personal permanente (hoja TMS-DC-004). Además de lo anterior para cada uno, el MICI pide:

  • Constancia de parentesco: certificado de matrimonio, certificado de nacimiento suyo o de los hijos, o constancia judicial de tutela o guarda y crianza.
  • Para parejas unidas por un mínimo de cinco años, en condiciones de singularidad y estabilidad: una certificación del representante legal de la SEM y una declaración jurada ante notario panameño de ambos.
  • Carta de responsabilidad suya hacia sus dependientes, con sus nombres y el vínculo familiar.
  • Comprobante de domicilio durante la estadía: recibo de servicios, contrato de arriendo o reserva de hotel.
  • Hijos mayores de edad menores de 25 años: certificación de estudios a tiempo completo o regular, y certificación o declaración jurada de soltería.

Antes de presentar nada: el correo previo

El MICI exige un paso que muchos olvidan. Antes de presentar la solicitud de cualquier visa SEM, debe enviarse a sem@mici.gob.pa una copia digital en PDF, en archivos separados, de:

  1. Poder y solicitud.
  2. Pasaporte (generales y sello de registro).
  3. Carta de trabajo.
  4. Póliza de seguro médico.

Cada archivo debe llevar el nombre del documento y el de la persona extranjera. Después, la solicitud y los documentos se presentan en original, en la Dirección General de Sedes de Empresas Multinacionales del MICI (Plaza Edison, 3er piso, según las hojas oficiales).

Otras reglas de las mismas hojas:

  • Los documentos extranjeros se presentan apostillados o autenticados.
  • Lo que no esté en español se traduce por traductor público autorizado.
  • Si hay cifras en moneda extranjera, se presenta la conversión a dólares emitida por el Banco Nacional de Panamá.
  • Los pasaportes deben tener al menos tres meses de vigencia.
  • Si tenía otro tipo de visa, la renuncia o el desistimiento se presentan antes, en el Servicio Nacional de Migración.

La residencia permanente después de cinco años

El MICI indica que la residencia permanente para personal permanente SEM y sus dependientes se pide una vez transcurridos cinco años desde la aprobación de la visa. Si sigue trabajando para una SEM, la hoja oficial (TMS-DC-006, revisión del 19 de julio de 2019) pide, dirigido al Servicio Nacional de Migración:

  1. Poder autenticado y solicitud.
  2. Tres fotografías y copia del pasaporte (con el sello de registro de filiación ante Migración).
  3. Certificado de salud (máximo tres meses) y declaración jurada de antecedentes personales.
  4. Pago de B/.250.00 al Tesoro Nacional por los derechos de la solicitud.
  5. Carta de la empresa con licencia SEM, con membrete y autenticada ante notario, dirigida a Migración: cargo, tiempo exacto trabajado, salario, funciones y que usted sigue trabajando en la empresa. Si trabajó en varias SEM, se suman cartas, carnés o resoluciones de visa anteriores y una declaración jurada que sume los cinco años.
  6. Certificación bancaria de un banco con licencia en Panamá, del mes anterior, con el saldo mínimo que indica la hoja (“cuatro cifras medias”), más mil balboas por cada dependiente.
  7. Prueba de afiliación a la Caja de Seguro Social, por ejemplo la copia del carné.
  8. Dependientes: pareja unida (declaración jurada y certificación del corregidor, con cinco años de unión) o hijos (constancia de estudios y soltería hasta los 25 años). Un dependiente solo puede pedir la residencia permanente por esta vía si tuvo el permiso de dependiente de personal permanente por al menos dos años.

El MICI advierte además que, una vez obtenida la residencia permanente, usted puede seguir trabajando en una SEM, pero queda sujeto al impuesto sobre la renta, a las cuotas del seguro social y al seguro educativo.

Si ya dejó de trabajar en la SEM

Quien trabajó como personal permanente y ya no está en la empresa tiene otra hoja (TMS-DC-005). En lugar de la carta de que sigue trabajando, se pide prueba de inversión en Panamá por lo menos por B/.150,000: un plazo fijo de mínimo tres años libre de gravámenes, bienes inmuebles a su nombre libres de gravámenes, o una combinación. También se pide la carta de la empresa que confirme que la relación laboral terminó y la certificación de la Secretaría Técnica.

Errores que vale la pena evitar

Según lo que exigen las hojas oficiales:

  • Presentar sin el envío previo por correo a sem@mici.gob.pa.
  • Una carta de trabajo incompleta: cada dato que enumera la hoja debe estar.
  • Documentos extranjeros sin apostilla o sin traducción oficial.
  • Pasaporte con menos de tres meses de vigencia.
  • Empresa sin licencia SEM vigente, que no puede obtener la certificación de la Secretaría Técnica.

Preguntas frecuentes

¿Quién presenta la solicitud, yo o la empresa?

Los poderes los firman el representante legal de la SEM y usted. El MICI indica que la gestión la hace la Sede de Empresa Multinacional a través de la Secretaría Técnica.

¿Necesito un permiso de trabajo aparte?

Según el MICI, la visa de personal permanente le da derecho a trabajar mientras labore en la empresa con licencia SEM.

¿Mi familia puede venir conmigo?

Sí, con la visa de dependiente de personal permanente, que tiene sus propios requisitos (arriba).

¿Cuándo puedo pedir la residencia permanente?

Una vez transcurridos cinco años desde la aprobación de la visa de personal permanente, según el MICI.

Qué hacer ahora

Estas hojas fueron revisadas por el MICI entre 2017 y 2019 y el trámite puede haber cambiado: confirme los requisitos vigentes con el MICI (sem@mici.gob.pa) antes de reunir documentos. Si quiere revisar su caso con una abogada de migración, escríbame directo al celular y lo vemos antes de presentar. Para entender cómo se organiza el trámite en general, lea cómo se tramitan los procesos ante el Servicio Nacional de Migración.

Este artículo es informativo y no reemplaza la asesoría de una abogada.

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Fuentes: página de visas SEM y hojas de requisitos TMS-DC-001, 004, 005 y 006 del Ministerio de Comercio e Industrias, consultadas el 5 de noviembre de 2026. Las hojas tienen fechas de revisión de 2017 y 2019.